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Abogados especialistas en Derecho Inmobiliario y de la Construcción

EXPERTOS EN DERECHO DE DAÑOS

RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO

Toda situación que origina un daño a una determinada persona puede dar lugar a responsabilidad y por tanto a un derecho a indemnización. Esta indemnización engloba no solo el daño emergente, sino también el lucro cesante, así como el posible daño moral.

Podemos definir la responsabilidad civil contractual (art. 1101 CC), como la obligación de resarcir económicamente a una determinada persona por los daños causados como consecuencia de un incumplimiento contractual o un cumplimiento parcial o defectuoso del contrato.

En cambio, por responsabilidad civil extracontractual (art. 1902 CC) entendemos aquella obligación de reparar el daño causado por la acción u omisión negligente o culposa.

En ED GALÁN ABOGADOS estudiamos su caso, analizando la existencia o no de responsabilidad que pueden determinar el derecho a indemnización en las distintas áreas de responsabilidad, así como la posible prescripción de las mismas:

RESPONSABILIDAD DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRÁFICO.

RESPONSABILIDAD DERIVADA DE ACCIDENTE LABORAL: responsabilidades jurídicas en prevención de riesgos laborales. Accidentes laborales.

RESPONSABILIDAD CIVIL  PROFESIONAL: médicos, asesores, arquitectos, aparejadores, ingenieros…

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A CONSUMIDORES Y USUARIOS: reclamación por productos defectuosos; defecto de información, contratos de adhesión…

RESPONSABILIDAD CIVIL EN LA CONSTRUCCIÓN: responsabilidad de lo agentes intervinientes en la edificación, daños en edificación colindante, daños materiales, daños personales…

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS EN EL MEDIO AMBIENTE.

Del mismo modo, los particulares también pueden tener derecho a ser indemnizados por los daños causados en sus bienes y derechos por las Administraciones Públicas, cuyo origen se encuentre en un funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que este no se haya producido por fuerza mayor ni el particular tenga el deber jurídico de soportarlo.

Dicho daño deberá ser efectivo, evaluable económicamente, así como encontrarse debidamente individualizado respecto a una persona o grupo de personas.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN: caídas en vía pública o instalaciones municipales, daños causados en centros sanitarios, penitenciarios, instalaciones deportivas municipales, escolares públicos, actos festivos, actividades deportivas…

En ED GALÁN ABOGADOS realizamos un estudio profundo de su situación, para poder ayudarle a obtener la mayor indemnización posible en función de los daños y perjuicios sufridos, asesorándolo en todo el procedimiento y asistiéndolo judicialmente en caso de no fructificar un acuerdo previo.

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